Los montos máximos de facturación, los montos de alquileres devengados y los importes del impuesto integrado a ingresar, correspondientes a cada categoría de pequeño contribuyente, así como las cotizaciones previsionales y los importes consignados en el inciso c) del tercer párrafo del artículo 2°, en el inciso e) del segundo párrafo del artículo 31 y en el primer párrafo del artículo 32, se actualizarán semestralmente a partir del año fiscal 2025, inclusive, en los meses de enero y julio, por el coeficiente que surja de la variación anual del Índice de Precios al (IPC) que suministre el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), correspondiente al semestre calendario que finalice el mes inmediato anterior. La Administración Federal de Ingresos Públicos será la encargada de publicar semestralmente los nuevos montos y su respectiva aplicación.
Qué significa en la práctica
Es la clave para leer los importes del Monotributo: todos los montos (facturación, alquileres, impuesto integrado, aportes) se actualizan automáticamente cada semestre —en enero y julio— según la inflación (IPC del INDEC). Por eso los valores vigentes en cada momento los publica ARCA y son mayores a los valores base de la ley.