Ley 25.015

Artículo 2Destino: viviendas y estación ferrovial de pasajeros

Texto oficial

La Municipalidad de Concordia, provincia de Entre Ríos, destinará los bienes transferidos a los efectos de la construcción de viviendas y de una estación ferrovial de pasajeros.

Qué significa en la práctica

La Municipalidad no recibe los terrenos sin condiciones: debe destinarlos a construir viviendas y una estación ferrovial de pasajeros. Ese destino es el que justifica el traspaso y es lo que se controla después, conforme al régimen de la Ley 24.146.

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