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Ley 25.042

VigenteNacional

Lugar Histórico Nacional: Parroquia de la Victoria y Santuario de Nuestra Señora de La Merced (Tucumán)

Sanción:28 de octubre de 1998Promulgación:25 de noviembre de 1998BO:3 de diciembre de 1998Ver fuente oficial
2artículos
lugares históricospatrimonio religiosoTucumánBatalla de Tucumán
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

El templo mercedario de San Miguel de Tucumán está asociado a la advocación de Nuestra Señora de la Merced, proclamada Generala del Ejército del Norte por Manuel Belgrano tras la Batalla de Tucumán de 1812, hecho del que deriva la denominación de Parroquia de la Victoria. Con esta ley de dos artículos el Congreso lo incorpora al patrimonio histórico protegido de la Nación, bajo el régimen de la Ley de Monumentos Históricos.

Objetivo

Declarar lugar histórico nacional a la Parroquia de la Victoria y Santuario de Nuestra Señora de La Merced de San Miguel de Tucumán.

Problema que resuelve

Un templo de fuerte valor histórico y devocional carecía de protección nacional específica.

A quiénes alcanza

comunidad parroquialComisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricosprovincia de TucumánMunicipalidad de San Miguel de Tucumán
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Toda intervención sobre el templo declarado lugar histórico nacional requiere la intervención de la Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos, conforme la Ley de Monumentos Históricos

Casos de uso

  • La parroquia proyecta una obra de restauración y necesita saber qué autorizaciones requiere
  • Investigar los bienes del patrimonio religioso declarados por el Congreso
  • Consultar los lugares históricos nacionales de Tucumán

Preguntas frecuentes

La denominación remite a la advocación de Nuestra Señora de la Merced, proclamada Generala del Ejército del Norte por Manuel Belgrano tras la Batalla de Tucumán de 1812.