Resumen ejecutivo
La Ley de Bomberos Voluntarios (1998) organiza el sistema nacional de bomberos voluntarios. Define su misión (prevención y extinción de incendios y protección de vidas y bienes ante siniestros), reconoce el carácter de de los cuerpos activos y la estructura de tres niveles (asociaciones de primer grado, federaciones provinciales de segundo grado y el Consejo de Federaciones de tercer grado). Pone la en la Dirección Nacional de Defensa Civil del Ministerio del Interior, crea el Registro Nacional de Entidades de Bomberos Voluntarios y la Academia Nacional de Capacitación, y financia el sistema con un subsidio equivalente al 22% del impuesto interno a las primas de seguros, con exenciones impositivas. Reconoce a la actividad como carga pública para el empleador y otorga indemnizaciones —según la Ley de Accidentes de Trabajo (1991)— y beneficios a los bomberos que se accidenten o mueran en servicio.Objetivo
Organizar, financiar y reconocer el sistema de bomberos voluntarios como , protegiendo a quienes lo integran.Problema que resuelve
La falta de un marco y financiamiento estable para los bomberos voluntarios; les da subsidio, exenciones y protección.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes