Ley 25.065

Artículo 30El pago del mínimo no implica aceptación

Texto oficial

Aceptación no presumida. El pago del mínimo que figura en el resumen antes del plazo de impugnación o mientras se sustancia el mismo, no implica la aceptación del resumen practicado por el emisor.

Qué significa en la práctica

Pagar el mínimo mientras reclamás no significa que aceptes el resumen: podés seguir impugnándolo.
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