Artículo 43Controversias entre titular y proveedor
Texto oficial
Controversias entre el titular y el proveedor. El emisor es ajeno a las controversias entre el titular y el proveedor derivadas de la ejecución de las prestaciones convenidas salvo que el emisor promoviera los productos o al proveedor pues garantiza con ello la calidad del producto o del servicio.
Qué significa en la práctica
El emisor no se mete en los problemas entre el usuario y el comercio (ej. producto fallado), salvo que el propio emisor haya promocionado ese producto o comercio.