Artículo 53Prohibición de informar a bases de datos
Texto oficial
Prohibición de informar. Las entidades emisoras de Tarjetas de Crédito tienen prohibido informar a las "bases de datos de antecedentes financieros personales" sobre los titulares y beneficiarios de extensiones de Tarjetas de Crédito cuando el titular no haya cancelado sus obligaciones, se encuentre en o en etapa de refinanciación. Sin perjuicio de la de informar lo que correspondiere al Banco Central de la República Argentina. Las entidades informantes serán solidaria e ilimitadamente responsables por los daños y perjuicios ocasionados a los beneficiarios de las extensiones u opciones de Tarjetas de Crédito por las consecuencias de la información provista.
Qué significa en la práctica
Protege al usuario de quedar en bases de "deudores": el emisor no puede informar a esas bases por la de una tarjeta (salvo lo que deba informar al Banco Central), y responde por los daños si lo hace mal.