Artículo 1Aprobación de las enmiendas al Convenio sobre Líneas de Carga
Texto oficial
Apruébanse las Enmiendas al Convenio Internacional sobre Líneas de Carga de 1966, adoptadas por Resolución A. 784 (19) de la Organización Marítima Internacional —OMI— el 23 de noviembre de 1995, que consta de una (1) Resolución y un (1) Anexo, cuyas fotocopias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de la presente ley.
Qué significa en la práctica
El Congreso aprueba las enmiendas al Convenio Internacional sobre Líneas de Carga de 1966 que la Asamblea de la Organización Marítima Internacional adoptó por Resolución A.784 (19) el 23 de noviembre de 1995. El Convenio fija hasta qué línea puede cargarse un buque sin comprometer su seguridad; las enmiendas actualizan esas reglas técnicas y los certificados que las acreditan.