Artículo 1Aprobación del Acuerdo de cooperación científica con Italia
Texto oficial
Apruébase el Acuerdo de Cooperación Científica y Tecnológica entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República Italiana, suscripto en Bolonia —República Italiana—, el 3 de diciembre de 1997, que consta de trece (13) artículos, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.
Qué significa en la práctica
El Congreso aprueba el Acuerdo de Cooperación Científica y Tecnológica firmado con Italia en Bolonia el 3 de diciembre de 1997. Con esta aprobación sus trece artículos se incorporan al derecho argentino: la cooperación se ejecuta mediante proyectos conjuntos entre organismos, universidades, centros de investigación y empresas, con dos co-directores -uno por país- e informes anuales y finales.