Resumen ejecutivo
Ley de tres artículos que incorpora la Casa Ramos de Ushuaia al régimen nacional de protección patrimonial de la Ley de Monumentos Históricos. Desde la declaración, el inmueble queda bajo supervisión de la Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos: no puede demolerse ni alterarse sin intervención del organismo y el Estado nacional puede concurrir a su conservación. La ley no expropia el edificio ni modifica quién es su dueño.Objetivo
Preservar un edificio representativo de la historia temprana de Ushuaia incorporándolo al régimen nacional de monumentos históricos.Problema que resuelve
Los inmuebles de valor histórico en ciudades que crecen rápido quedan expuestos a demolición o reforma. La declaración como monumento histórico nacional les da tutela legal y designa un organismo responsable de controlarla.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes