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Ley 25.113

VigenteNacional

Régimen legal del contrato de maquila

Sanción:23 de junio de 1999Promulgación:8 de julio de 1999BO:21 de julio de 1999Ver fuente oficial
10artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley de diez artículos que resuelve un problema muy concreto del agro: cuando el productor entrega su cosecha a un ingenio o a una planta para que la procese, no vende la mercadería, sino que conserva la propiedad de lo suyo. La ley convierte al industrial en depositario, le prohíbe imponer al productor la venta de su parte, exige controles del proceso y aclara que la operación no constituye por sí misma un hecho imponible. El artículo 8 es decisivo en la práctica: al modificar el Art. 138 — Ley de Concursos y Quiebras, asegura que si el industrial quiebra, el productor pueda recuperar sus productos siempre que el conste en registros públicos.

Objetivo

Dar marco legal propio al de maquila agroindustrial y proteger la propiedad del productor sobre su materia prima y sobre el producto elaborado que le corresponde.

Problema que resuelve

Sin regulación específica, la entrega de materia prima para su procesamiento se asimilaba a una venta o quedaba sujeta a cláusulas impuestas por el industrial, y ante la quiebra del procesador el productor perdía su mercadería en la masa de acreedores.

A quiénes alcanza

Productores agropecuariosIndustriales y procesadores agroindustrialesIngenios azucareros y plantas elaboradorasRegistros públicos provincialesJueces con competencia comercial
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El debe contener con carácter esencial los datos de las partes, la cantidad de materia prima, el lugar de procesamiento, el lugar de depósito de los productos del productor, las facultades de control, la fecha y lugar de entrega y el lugar de celebración y firma
  • El procesador o industrial debe identificar adecuadamente los productos finales de propiedad del productor y mantenerlos a su plena disposición
  • Los contratos deben establecer sistemas y procedimientos de control del procesamiento a favor del productor agropecuario
  • Los contratos agroindustriales deben inscribirse a pedido de parte en los registros públicos que creen las provincias
  • Deben registrarse ante la misma autoridad las medidas que afecten los productos del productor

Derechos que reconoce

  • El productor agropecuario mantiene la propiedad de la materia prima durante todo el proceso de transformación y luego sobre la porción de producto final que le corresponde
  • El productor no puede ser obligado por a vender parte o la totalidad de sus productos finales al industrial: esas cláusulas son nulas
  • El productor puede controlar calidades, cantidades, condiciones de procesamiento y rendimiento durante la elaboración
  • Las acciones derivadas de la ley tramitan por juicio sumarísimo, con que el juez puede disponer y consultores técnicos de parte

Casos de uso

  • Un productor de caña entrega su cosecha a un ingenio y quiere saber de quién es el azúcar resultante
  • Un abogado redacta un de maquila y necesita los elementos esenciales
  • El industrial quiebra y el productor reclama sus productos depositados
  • Un contador consulta si la operación genera un hecho imponible

Preguntas frecuentes

Aquel por el cual el productor agropecuario se obliga a suministrar materia prima al procesador o industrial y conserva el derecho a participar, en la proporción convenida, sobre los productos finales resultantes, que deben ser de idéntica calidad a los que el industrial retiene para sí.