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Ley 25.256

VigenteNacional

Comisión para el estudio y optimización del Complejo Industrial Fabricaciones Militares

Sanción:7 de junio de 2000BO:18 de julio de 2000Ver fuente oficial
5artículos
defensa nacionalindustria para la defensaempleo públicoFabricaciones Militares
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Es una ley breve, de cinco artículos, con un objetivo defensivo claro: frenar decisiones sobre el personal de Fabricaciones Militares hasta tener un diagnóstico. Crea una comisión interministerial (Defensa, Interior y Economía) con noventa días para elaborar un programa integral de producción para la Defensa Nacional, le recomienda conservar y fomentar las fuentes de trabajo y, sobre todo, congela la situación laboral del personal mientras dure el estudio, con la única excepción de los cargos directivos y ejecutivos, que pueden ser removidos. El Poder Ejecutivo no la promulgó expresamente: quedó promulgada de hecho el 12 de julio de 2000, por el vencimiento del plazo del Art. 80 — Constitución Nacional.

Objetivo

Ordenar el futuro de las plantas industriales estatales de Fabricaciones Militares mediante un estudio interministerial, evitando que se tomaran decisiones irreversibles sobre el personal antes de tener el diagnóstico.

Problema que resuelve

Tras la ola privatizadora de los años noventa, buena parte del Complejo Industrial Fabricaciones Militares había sido vendida o cerrada, y las plantas remanentes vivían bajo amenaza permanente de despidos y cierres. Faltaba un plan explícito sobre qué producción para la defensa quería sostener el Estado y con qué estructura industrial.

A quiénes alcanza

trabajadores del Complejo Industrial Fabricaciones MilitaresMinisterio de DefensaMinisterio del InteriorMinisterio de Economíaindustria de la defensa
Análisis jurídico

Obligaciones

  • La comisión debe elaborar, en el término de 90 días, un programa integral de producción para la Defensa Nacional.
  • La comisión debe integrarse con representantes de los Ministerios de Defensa, Interior y Economía.
  • Hasta que la comisión se expida, no puede innovarse respecto de la situación del personal del Complejo Industrial Fabricaciones Militares.

Derechos que reconoce

  • El personal no directivo del Complejo Industrial Fabricaciones Militares tiene derecho a que su situación no se modifique mientras la comisión no se expida.

Casos de uso

  • Un trabajador de Fabricaciones Militares busca la norma que congeló su situación laboral en el año 2000.
  • Un investigador de política de defensa reconstruye los intentos de reorganizar la industria militar estatal tras las privatizaciones.
  • Un abogado laboralista verifica el alcance de la excepción para cargos directivos y ejecutivos.

Preguntas frecuentes

Una comisión ad hoc en el ámbito del Poder Ejecutivo nacional, integrada por representantes de los Ministerios de Defensa, Interior y Economía, para estudiar y optimizar el Complejo Industrial Fabricaciones Militares y elaborar en 90 días un programa integral de producción para la Defensa Nacional.