Resumen ejecutivo
Ley aprobatoria de un tratado interamericano de derechos humanos. Con dos artículos, el Congreso incorpora al derecho argentino la Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad, adoptada por la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos en Guatemala el 8 de junio de 1999. Es el primer tratado del sistema interamericano dedicado específicamente a la discapacidad y precede en casi una década a la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (aprobada por la Convención de Discapacidad (CDPD)). La convención define la discapacidad y la discriminación contra las personas con discapacidad, aclara expresamente que las medidas de acción afirmativa y las distinciones necesarias para promover la integración no constituyen discriminación, y compromete a los Estados a adoptar medidas legislativas, sociales, educativas y laborales para eliminar progresivamente las barreras, a trabajar prioritariamente en la prevención, la detección temprana, la rehabilitación y la sensibilización social, y a promover la participación de las personas con discapacidad y de sus organizaciones en la elaboración de políticas. Crea además un Comité para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad, ante el cual cada Estado presenta informes periódicos. En su carácter de tratado, tiene jerarquía superior a las leyes conforme al artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional. La ley fue sancionada el 6 de julio de 2000 y promulgada de hecho el 31 de julio de 2000.Objetivo
Incorporar al derecho argentino un tratado regional que obliga al Estado a eliminar la discriminación contra las personas con discapacidad y a promover su plena integración en la sociedad.Problema que resuelve
Las personas con discapacidad enfrentaban barreras físicas, comunicacionales, actitudinales y jurídicas sin un instrumento regional que las nombrara como discriminación y obligara a los Estados a removerlas. La legislación interna existente (protección integral y prestaciones) atendía la asistencia, pero no consagraba de manera expresa el principio de no discriminación por discapacidad ni un mecanismo internacional de seguimiento.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes