Resumen ejecutivo
Ley de dos artículos con un efecto institucional grande: mantiene con vida la previa obligatoria. La Ley de Mediación (1995) había implantado en 1995 la como paso previo y obligatorio a la mayoría de los juicios civiles y comerciales, pero lo hizo como un experimento con fecha de vencimiento: su artículo 30 fijaba un plazo de cinco años. Al acercarse el vencimiento, con el sistema ya funcionando y con miles de causas resueltas sin llegar a juicio, el Congreso decidió extenderlo otros cinco años en lugar de dejarlo caer. La ley no cambia el diseño del instituto: solo corre la fecha. El plazo volvería a prorrogarse después, hasta que la Ley de Mediación sustituyó todo el régimen en 2010 y derogó la Ley de Mediación (1995), dejando esta prórroga sin objeto.Objetivo
Evitar que caducara el régimen de previa obligatoria establecido con carácter temporario por la Ley de Mediación (1995).Problema que resuelve
La previa obligatoria había sido sancionada con plazo de vigencia porque era una innovación y se quería evaluarla antes de volverla permanente. Cumplido el plazo, si el Congreso no hacía nada, el instituto se caía y todos los juicios civiles y comerciales volvían a iniciarse directamente ante los tribunales, con el consiguiente aumento de la carga judicial.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes