Resumen ejecutivo
Los molinos harineros de Jáchal e Iglesia son testimonio del ciclo triguero sanjuanino del siglo XIX: construcciones de adobe y piedra, movidas por acequias, que abastecían de harina a buena parte del oeste argentino. Esta ley de 2000 declara Monumento Histórico Nacional al conjunto —el Molino de la familia Reyes, Santa Teresa o de Sardiña, el Molino del Alto o de los García, el Viejo Molino de Huaco o de los Dojorti (ligado a la familia de Buenaventura Luna), el Antiguo Molino Escobar o de Iglesia y el Viejo Molino de Bella Vista— y reparte responsabilidades: la Secretaría de Cultura preserva, la Secretaría de Turismo difunde el circuito. Fue promulgada de hecho, es decir sin decreto del Ejecutivo, por vencimiento del plazo del artículo 80 de la Constitución.Objetivo
Proteger como conjunto los molinos históricos de Jáchal e Iglesia y convertirlos, además, en un circuito turístico promovido por el Estado.Problema que resuelve
Los molinos de adobe del oeste sanjuanino se estaban cayendo: sin declaratoria nacional no había estatal de conservarlos ni control sobre las intervenciones, y su valor histórico y turístico se perdía junto con las construcciones.A quiénes alcanza
Obligaciones
Casos de uso
Preguntas frecuentes