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Ley 25.317

VigenteNacional

Declaración de la Casa de Mansilla como Monumento Histórico-Artístico Nacional

Sanción:7 de septiembre de 2000Promulgación:6 de octubre de 2000BO:11 de octubre de 2000Ver fuente oficial
3artículos
patrimonio culturalmonumentos históricosCiudad Autónoma de Buenos Aires
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La ley reconoce el valor histórico y artístico del edificio conocido como "Casa de Mansilla", ubicado en el barrio de Belgrano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con frente sobre el Pasaje Juan Ángel Golfarini y fachada posterior sobre la calle Tres de Febrero. Al declararlo monumento nacional, el inmueble queda bajo la tutela de la Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos (Ley de Monumentos Históricos) y se incorpora al Registro Nacional de Monumentos y Lugares Históricos. En la práctica esto significa que no puede ser demolido ni alterado sin autorización previa de la Comisión, aunque siga siendo de propiedad privada o de otro nivel de gobierno.

Objetivo

Proteger jurídicamente un edificio de valor histórico y artístico de la Ciudad de Buenos Aires incorporándolo al régimen nacional de monumentos.

Problema que resuelve

Los edificios de valor patrimonial que no están formalmente declarados monumento carecen de protección legal específica: pueden ser modificados o demolidos sin control estatal. La declaración legislativa cierra ese vacío para este inmueble en particular.

A quiénes alcanza

propietarios del inmuebleComisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares HistóricosGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Airesvecinos y organizaciones de defensa del patrimonio
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Obtener autorización previa de la Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos antes de realizar cualquier obra, refacción o demolición sobre el edificio.
  • Conservar el inmueble según las pautas del régimen de la Ley de Monumentos Históricos.
  • Permitir la incorporación del bien al Registro Nacional de Monumentos y Lugares Históricos.

Derechos que reconoce

  • La comunidad tiene derecho a que el edificio se preserve como parte del patrimonio cultural del país.

Casos de uso

  • Un propietario o inquilino que quiere reformar la fachada del edificio y necesita saber a qué organismo pedir permiso.
  • Un arquitecto que evalúa la viabilidad de una obra sobre el inmueble.
  • Un investigador o guía que documenta los monumentos históricos de la Ciudad de Buenos Aires.
  • Una organización vecinal que quiere frenar una demolición.

Preguntas frecuentes

Es un edificio histórico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con frente sobre el Pasaje Juan Ángel Golfarini y fachada posterior sobre la calle Tres de Febrero, entre Olazábal y Blanco Encalada, en el barrio de Belgrano. Está vinculado a la familia Mansilla.