1. El titular de los datos, previa acreditación de su identidad, tiene derecho a solicitar y obtener información de sus datos personales incluidos en los bancos de datos públicos, o privados destinados a proveer informes.
2. El responsable o usuario debe proporcionar la información solicitada dentro de los diez días corridos de haber sido intimado fehacientemente. Vencido el plazo sin que se satisfaga el pedido, o si evacuado el informe, éste resultara insuficiente, quedará expedita la acción de protección de los datos personales o de prevista en esta ley.
3. El derecho de acceso a que se refiere este artículo sólo puede ser ejercido en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto.
Qué significa en la práctica
Tenés derecho a saber qué información guardan sobre vos. Podés pedirla a cualquier empresa o entidad pública que tenga una base de datos. Tienen 10 días corridos para responder. Si no responden o la respuesta es incompleta, podés ir a la Justicia con una acción de . El derecho es gratuito, pero no podés pedirlo más de dos veces por año sin demostrar necesidad.
Ejemplo práctico
Pedís a Veraz por carta documento que te informen qué datos tienen. Tienen 10 días para enviarte el informe gratuito.
Efectos prácticos
•Podés pedir a Veraz, Nosis o cualquier empresa de informes crediticios que te muestren tu ficha
•El plazo es de 10 días corridos, no hábiles
•Si no contestan en tiempo, directamente podés iniciar el habeas data judicial