Ley 25.326

Artículo 14Derecho de acceso

Texto oficial

1. El titular de los datos, previa acreditación de su identidad, tiene derecho a solicitar y obtener información de sus datos personales incluidos en los bancos de datos públicos, o privados destinados a proveer informes. 2. El responsable o usuario debe proporcionar la información solicitada dentro de los diez días corridos de haber sido intimado fehacientemente. Vencido el plazo sin que se satisfaga el pedido, o si evacuado el informe, éste resultara insuficiente, quedará expedita la acción de protección de los datos personales o de prevista en esta ley. 3. El derecho de acceso a que se refiere este artículo sólo puede ser ejercido en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto.

Qué significa en la práctica

Tenés derecho a saber qué información guardan sobre vos. Podés pedirla a cualquier empresa o entidad pública que tenga una base de datos. Tienen 10 días corridos para responder. Si no responden o la respuesta es incompleta, podés ir a la Justicia con una acción de . El derecho es gratuito, pero no podés pedirlo más de dos veces por año sin demostrar necesidad.

Ejemplo práctico

Pedís a Veraz por carta documento que te informen qué datos tienen. Tienen 10 días para enviarte el informe gratuito.

Efectos prácticos

  • Podés pedir a Veraz, Nosis o cualquier empresa de informes crediticios que te muestren tu ficha
  • El plazo es de 10 días corridos, no hábiles
  • Si no contestan en tiempo, directamente podés iniciar el habeas data judicial
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