Ley 25.326

Artículo 40Reglamentación

Texto oficial

ARTICULO 40. — La presente ley será reglamentada por el Poder Ejecutivo en un plazo no mayor de CIENTO OCHENTA (180) días contados a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

Qué significa en la práctica

de reglamentación: el Poder Ejecutivo tenía 180 días desde la publicación de la ley para dictar su reglamentación. Fue cumplido mediante el Decreto 1558/2001.

Ejemplo práctico

El Decreto 1558/2001, dictado dentro del plazo de 180 días, reglamentó los aspectos procedimentales y técnicos de la Ley 25326.

Efectos prácticos

  • La reglamentación complementa y aclara los aspectos técnicos de la ley.
  • El Decreto 1558/2001 es la norma reglamentaria principal de esta ley.
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