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Ley 25.340

VigenteNacional

Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional de Tres de Febrero: reforma de la Ley 25.012

Sanción:5 de octubre de 2000Promulgación:9 de noviembre de 2000BO:13 de noviembre de 2000Ver fuente oficial
9artículos
organización de la justicia federalcreación de juzgadosMinisterio PúblicoProvincia de Buenos Aires
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley de nueve artículos que reescribe casi por completo la Juzgado Federal de Caseros. Sustituye sus artículos 1, 3, 4, 5 y 6, deroga el artículo 2 e incorpora los artículos 7 bis y 7 ter. El resultado: un juzgado federal de primera instancia en lo criminal y correccional con asiento en el partido de Tres de Febrero, con tres secretarías y la territorial de los juzgados federales de San Martín; una fiscalía y una defensoría pública oficial —esta última con una secretaría—; una fiscalía auxiliar de la Procuración General de la Nación y una defensoría auxiliar de la Defensoría General de la Nación; los cargos de magistrados, funcionarios y empleados detallados en los Anexos I, II y III, que sustituyen el anexo de la Juzgado Federal de Caseros; y la regla de que, ante , , impedimento, vacancia o licencia del titular, subroga el juez del juzgado más próximo de la de la Cámara y, en su defecto, los conjueces. Sancionada el 5 de octubre de 2000 y promulgada de hecho el 9 de noviembre de 2000.

Objetivo

Poner en condiciones de funcionamiento el juzgado federal penal del conurbano noroeste, definiendo su asiento, su estructura, sus órganos del Ministerio Público y su planta de cargos.

Problema que resuelve

La Juzgado Federal de Caseros había creado el juzgado pero con una organización que no permitía ponerlo en marcha: faltaba definir con precisión el asiento, el número de secretarías, los órganos del Ministerio Público que lo acompañarían, la planta de cargos y quién subroga al juez cuando no puede intervenir.

A quiénes alcanza

habitantes del partido de Tres de Febrero y de la jurisdicción de los juzgados federales de San Martínmagistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial de la NaciónMinisterio Público FiscalMinisterio Público de la Defensaabogados litigantes en el fuero federal penal
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El juzgado debe funcionar con tres secretarías
  • La Defensoría Pública Oficial debe actuar con una secretaría
  • El fiscal auxiliar de la Procuración General de la Nación recibe órdenes y está subordinado al titular de la fiscalía donde se desempeñe
  • El defensor auxiliar de la Defensoría General de la Nación recibe órdenes y está subordinado al titular de la defensoría donde se desempeñe
  • Ante , , impedimento, vacancia o licencia del titular, subroga el juez del juzgado más próximo de la de la Cámara y, en su defecto, los conjueces de ese juzgado

Derechos que reconoce

  • Los habitantes de la cuentan con un juzgado federal penal con asiento en el partido de Tres de Febrero
  • Los imputados cuentan con una defensoría pública oficial con asiento en la misma

Casos de uso

  • Determinar ante qué juzgado federal tramita una causa penal del conurbano noroeste bonaerense
  • Saber quién subroga al juez federal de Tres de Febrero cuando está impedido o el cargo está vacante
  • Consultar la planta de cargos aprobada para el juzgado, la fiscalía y la defensoría

Preguntas frecuentes

La reescribe casi entera: sustituye sus artículos 1, 3, 4, 5 y 6, deroga el artículo 2 e incorpora dos artículos nuevos, el 7 bis y el 7 ter. Los Anexos I, II y III de esta ley reemplazan el anexo de la Juzgado Federal de Caseros.