Resumen ejecutivo
Ley de seis artículos que extiende la a Corrientes. Mantiene el alcance de la Ley de intervención federal a Corrientes (1999) salvo respecto del Poder Judicial provincial, que queda excluido de la prórroga, y exige que los magistrados y funcionarios judiciales nombrados por la intervención obtengan acuerdo del Senado una vez normalizadas las instituciones provinciales. Fija la fecha electoral —la misma que la de legisladores nacionales— y asigna el control a la Auditoría General de la Nación. El artículo 4, que ordenaba al Interventor constituir un tribunal de enjuiciamiento de magistrados con integración predeterminada, fue observado en su totalidad por el Decreto 993/2000 por considerar el Poder Ejecutivo que invadía facultades del legislador provincial: nunca entró en vigor. Sancionada el 11 de octubre de 2000, promulgada parcialmente el 30 de octubre de 2000.Objetivo
Extender en el tiempo la a Corrientes y, al mismo tiempo, poner condiciones a su ejercicio: excluir al Poder Judicial provincial, atar la salida a un calendario electoral y someterla al control de la Auditoría General de la Nación.Problema que resuelve
La intervención declarada por la Ley de intervención federal a Corrientes (1999) y prorrogada por el Decreto 480/2000 vencía sin que las instituciones correntinas estuvieran normalizadas. Prolongar una sin plazo cierto ni control externo concentra en el Interventor las facultades de los tres poderes provinciales por tiempo indefinido.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes