Las empresas indicadas en el artículo 15, al final de obra o, en su caso, semestralmente si la duración de la misma fuera superior a dicho lapso, deberán presentar la declaración jurada determinativa de los aportes y contribuciones con destino al Sistema Unico de la Seguridad Social, correspondiente al régimen general, por los trabajadores ocupados en la misma, sobre la base de las remuneraciones imponibles realmente abonadas. La previsional a cuenta, efectivamente ingresada, será imputada a cancelar el saldo de la declaración jurada indicada en el párrafo anterior y en ningún caso generará saldo a favor del contribuyente. Prestaciones de la seguridad social.
Qué significa en la práctica
Regula la liquidación al final de obra o semestralmente.