Ley 25.385

Artículo 1Aprobación del Acuerdo con el Nordic Investment Bank

Texto oficial

Apruébase el ACUERDO ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA Y EL NORDIC INVESTMENT BANK, suscripto en la ciudad de Cartagena de Indias, REPUBLICA DE COLOMBIA, el 17 de marzo de 1998, que consta de DIEZ (10) artículos, cuya fotocopia autenticada en su versión en idioma inglés y su traducción al idioma castellano forma parte integrante de la presente ley.

Qué significa en la práctica

Este artículo incorpora al derecho argentino el acuerdo firmado el 17 de marzo de 1998 con el Nordic Investment Bank, el banco multilateral de Dinamarca, Finlandia, Islandia, Noruega y Suecia. Sus 10 artículos, adjuntos a la ley en su versión castellana (la ley aclara que el texto en inglés no se publica), habilitan al banco a financiar proyectos en el país salvo los militares o armamentistas, abren el crédito a entidades públicas y privadas argentinas, le reconocen la más amplia legal, eximen de impuestos los pagos que se le hagan, aseguran a los prestatarios el acceso a divisas y someten las controversias a bajo reglas de la CNUDMI.

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