Resumen ejecutivo
El Acuerdo busca prevenir la introducción y propagación de problemas fitosanitarios sujetos a regulaciones cuarentenarias y establecer límites de tolerancia de plagas en los vegetales, productos y subproductos que se intercambian. La ejecución queda a cargo del SENASA por la Argentina y del Centro Nacional de Sanidad Vegetal por Cuba. Prevé intercambio de información técnica y legislación, intercambio de personal especializado para supervisar y preinspeccionar en origen, información sobre intercepciones y diseminaciones de plagas de interés cuarentenario, y la de que los lotes embarcados viajen con Certificado Fitosanitario Internacional conforme a la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF), sin que ello excluya el derecho del país importador a inspeccionar y aplicar medidas de cuarentena.Objetivo
Prevenir la introducción y propagación de plagas y enfermedades vegetales entre ambos países y facilitar el comercio de productos vegetales sin riesgo para la agricultura, la salud humana y el ambiente.Problema que resuelve
El comercio de productos vegetales sin coordinación entre servicios de cuarentena vegetal expone a cada país al ingreso de plagas exóticas y genera rechazos y demoras en los embarques.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes