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Ley 25.526

VigenteNacional

Aprobación del Acuerdo Marco de Cooperación en Materia de Pesca Marítima con el Reino de Marruecos

Sanción:27 de noviembre de 2001Promulgación:7 de enero de 2002BO:10 de enero de 2002Ver fuente oficial
2artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La ley tiene dos artículos: el primero aprueba el Acuerdo Marco firmado con Marruecos en materia de pesca marítima y el segundo es la fórmula de comunicación al Poder Ejecutivo. Sancionada el 27 de noviembre de 2001, fue promulgada de hecho el 7 de enero de 2002 (el Poder Ejecutivo dejó vencer el plazo del Art. 80 — Constitución Nacional, por lo que no hubo decreto de promulgación ni veto posible). Su efecto jurídico es incorporar el tratado al derecho argentino y habilitar su posterior ratificación internacional.

Objetivo

Dar aprobación legislativa, conforme al artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional, al Acuerdo Marco de Cooperación en Materia de Pesca Marítima con Marruecos, para que el Poder Ejecutivo pueda obligar internacionalmente al Estado argentino.

Problema que resuelve

Un tratado firmado por el Poder Ejecutivo no obliga al país hasta que el Congreso lo aprueba. Sin esta ley, la cooperación pesquera acordada con Marruecos carecía de base normativa interna y no podía ratificarse.

A quiénes alcanza

Estado nacionalSecretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentaciónempresas pesquerasinstitutos de investigación pesquera
Análisis jurídico

Casos de uso

  • Verificar el marco jurídico vigente para proyectos de cooperación técnica pesquera con Marruecos
  • Fundamentar la participación argentina en programas conjuntos de investigación de recursos marinos
  • Consultar la base normativa de una empresa conjunta argentino-marroquí del sector pesquero

Preguntas frecuentes

Aprueba el Acuerdo Marco de Cooperación en Materia de Pesca Marítima firmado entre los gobiernos de Argentina y Marruecos en Rabat el 3 de octubre de 2000. El acuerdo consta de siete artículos y su copia autenticada forma parte de la ley.