Resumen ejecutivo
La ley tiene dos artículos: el primero aprueba el acuerdo agroindustrial firmado con Armenia y el segundo comunica al Poder Ejecutivo. Sancionada el 27 de noviembre de 2001, fue promulgada de hecho el 7 de enero de 2002 (Art. 80 — Constitución Nacional), sin decreto de promulgación y por lo tanto sin veto posible. La aprobación legislativa habilita al Poder Ejecutivo a ratificar el tratado en el plano internacional.Objetivo
Dar aprobación legislativa al acuerdo de cooperación agroindustrial con Armenia, para que el Poder Ejecutivo pueda obligar internacionalmente al Estado argentino y activar los programas de intercambio previstos.Problema que resuelve
La cooperación técnica entre organismos agropecuarios de países distintos necesita un instrumento jurídico que la respalde: sin tratado aprobado por ley, los intercambios de especialistas, germoplasma o tecnología carecen de marco estable y de previsibilidad presupuestaria.A quiénes alcanza
Casos de uso
Preguntas frecuentes