Resumen ejecutivo
La ley tiene dos artículos: el primero aprueba el acuerdo sanitario firmado con Croacia y el segundo comunica al Poder Ejecutivo. Sancionada el 27 de noviembre de 2001, fue promulgada de hecho el 7 de enero de 2002 (Art. 80 — Constitución Nacional), sin decreto de promulgación y por lo tanto sin veto posible. Su relevancia práctica es comercial: los acuerdos sanitarios son la puerta de entrada de las exportaciones argentinas de carnes y productos pecuarios.Objetivo
Aprobar el acuerdo bilateral que permite a los servicios veterinarios argentino y croata coordinar sus exigencias sanitarias y compartir información epidemiológica, facilitando el comercio de animales y productos de origen animal entre ambos países.Problema que resuelve
El comercio internacional de animales y de productos de origen animal depende de que los servicios veterinarios de los países involucrados se reconozcan mutuamente y acuerden certificados y requisitos. Sin un acuerdo sanitario, cada envío queda sujeto a negociaciones ad hoc y a barreras no arancelarias imprevisibles.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes