Ley 25.543

Artículo 1Ofrecimiento obligatorio del test de HIV en el control prenatal

Texto oficial

Establécese la obligatoriedad del ofrecimiento del test diagnóstico del virus de inmunodeficiencia humana, a toda mujer embarazada como parte del cuidado prenatal normal.

Qué significa en la práctica

Lo que la ley vuelve obligatorio es el OFRECIMIENTO del análisis, no su realización: todo equipo de salud que atienda un embarazo debe proponer el test de HIV como parte del cuidado prenatal de rutina, igual que cualquier otro estudio del control. La decisión de hacérselo sigue siendo de la mujer.

Ejemplo práctico

En la primera consulta de control prenatal en un centro de salud, la obstetra debe proponer el test de HIV junto con el resto de los análisis de rutina. Si no lo ofrece, el establecimiento incumple la ley, aunque la paciente nunca lo haya pedido.

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