El artículo 7 de la Ley 25.684 suspendió la aplicación de la Ley 25.611, con excepción de sus artículos 2 y 5, para las elecciones de renovación de mandatos de Presidente, Vicepresidente y Legisladores Nacionales que vencían durante el año 2003. En consecuencia, las internas abiertas no se realizaron en esa elección.
Resumen ejecutivo
Fue la respuesta institucional del Congreso al que se vayan todos de 2001: obligar a los partidos a elegir sus candidatos nacionales en internas abiertas, con voto de afiliados y de ciudadanos sin afiliación, y transparentar cómo las alianzas se reparten los fondos públicos. El Poder Ejecutivo la promulgó parcialmente, observando dos frases del nuevo artículo 29 bis para quedarse con la convocatoria de la elección y para usar el padrón nacional completo. Su vida útil fue corta: la Ley 25.684 - Convocatoria electoral 2003 suspendió su aplicación para las elecciones de 2003 con excepción de los artículos 2 y 5, y la Restablecimiento de la Ley Organica de los Partidos Politicos la derogó por completo en diciembre de 2006, restableciendo la vigencia de la Ley 23.298 (Orgánica de los Partidos Políticos). Las internas abiertas volverían recién en 2009 con las primarias abiertas, simultáneas y obligatorias de la Ley 26.571 (PASO - Democratización de la Representación Política).Objetivo
Democratizar la selección de candidatos nacionales mediante internas abiertas y transparentar el reparto de aportes públicos dentro de las alianzas.Problema que resuelve
Los candidatos a presidente y a legisladores nacionales se elegían por mecanismos internos de cada partido, muchas veces cerrados y poco transparentes, y las alianzas recibían aportes públicos sin que constara cómo los distribuían entre sus integrantes.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Sanciones
Casos de uso
Preguntas frecuentes