Artículo 1Nuevo artículo 5 de la Ley 23.298: alcance de la ley
Texto oficial
Modifícase el Art. 5 — Ley 23.298 (Orgánica de los Partidos Políticos) el que quedará redactado al siguiente tenor:
Artículo 5°. Esta ley es de orden público y se aplicará a los partidos que intervengan en la elección de autoridades nacionales.
Qué significa en la práctica
Reescribe el artículo que define el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos: es de orden público (las partes no pueden apartarse de ella por acuerdo) y se aplica a los partidos que intervienen en la elección de autoridades nacionales.