Ley 25.612

Artículo 16Responsabilidad como dueño

Texto oficial

— Todo generador de residuos industriales, en calidad de dueño de los mismos, es responsable de todo daño producido por éstos, en los términos del Título II de la presente ley. CAPITULO IV De las tecnologías

Qué significa en la práctica

Todo generador, como dueño de sus residuos, responde por el daño que produzcan en los términos del régimen de responsabilidad del Título II.

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