Ley 25.612

Artículo 33Acuerdo en el COFEMA

Texto oficial

— La nacional acordará con las autoridades provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el ámbito del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA), las características y contenidos del estudio de impacto ambiental y las condiciones de habilitación de las plantas de almacenamiento, tratamiento y disposición final de residuos industriales y de actividades de servicio, así como las características particulares que deben tener las mismas de acuerdo a la calidad y cantidad de residuos que traten, almacenen o dispongan finalmente.

Qué significa en la práctica

La autoridad nacional acuerda con las provincias en el COFEMA las características del estudio de impacto y las condiciones de habilitación de las plantas según la calidad y cantidad de residuos.

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