Artículo 3Promoción turística a cargo de la Secretaría de Turismo (con palabras observadas)
Texto oficial
La Secretaría de Turismo de la Nación tendrá a su cargo la puesta en valor y promoción de los murales mencionados como expresión de interés turístico.
Qué significa en la práctica
El texto sancionado ponía a cargo de la Secretaría de Turismo de la Nación dos tareas: la puesta en valor y la promoción de los murales como expresión de interés turístico. El artículo 2 del Decreto 1857/2002 observó las palabras 'puesta en valor y', porque ninguna dependencia de la entonces Secretaría de Turismo y Deporte, creada por el Decreto 111/2001, tenía para ejecutar esa tarea, lo que volvía el de imposible cumplimiento. Lo que rige, entonces, es únicamente la promoción de los murales como expresión de interés turístico.