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Ley 25.682

VigenteNacional

Bastón verde como instrumento de orientación y movilidad para personas con baja visión

Sanción:27 de noviembre de 2002Promulgación:27 de diciembre de 2002BO:30 de diciembre de 2002Ver fuente oficial
5artículos
Discapacidad visualBaja visiónAccesibilidadPrestaciones de saludMovilidad
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Entre la ceguera total y la visión normal hay una franja amplia -la baja visión- que socialmente resultaba invisible: quien conserva un resto visual útil no usa bastón blanco, pero tampoco ve lo suficiente para desplazarse con seguridad, y ante los demás su dificultad pasa desapercibida. La ley crea una señal específica: un bastón idéntico al blanco en peso, longitud, empuñadura elástica, rebatibilidad y anilla fluorescente, pero de color verde, que comunica al entorno que esa persona ve poco, no que no ve nada. El punto más importante en términos prácticos es el artículo 3: al declararlo elemento de apoyo en los términos del Art. 35 — Ley 24.901 (Prestaciones para Personas con Discapacidad), su cobertura es obligatoria para las obras sociales y los demás agentes de los artículos 2 y 3 de esa ley, de modo que el usuario no debe pagarlo. Se completa con el de una campaña nacional de difusión, sin la cual la señal no cumple su función: el bastón verde sirve si la gente sabe qué significa.

Objetivo

Dar a las personas con baja visión un instrumento propio de orientación y movilidad, reconocible por la sociedad y cubierto por el sistema de salud.

Problema que resuelve

La baja visión no tenía identificación específica: la persona con resto visual quedaba en una zona gris, sin la señal social del bastón blanco y sin un elemento de apoyo reconocido para su cobertura.

A quiénes alcanza

Personas con baja visiónObras sociales y agentes del sistema de saludFamilias y acompañantesPeatones y conductoresPoder Ejecutivo nacional
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Las obras sociales y demás agentes de los Art. 2 — Ley 24.901 (Prestaciones para Personas con Discapacidad) deben cubrir obligatoriamente el bastón verde como elemento de apoyo del artículo 35 de esa ley.
  • El bastón verde debe tener las mismas características de peso, longitud, empuñadura elástica, rebatibilidad y anilla fluorescente que el bastón blanco.
  • El Poder Ejecutivo debe instrumentar una campaña masiva de difusión nacional sobre el uso y el significado del bastón verde.

Derechos que reconoce

  • Las personas con baja visión pueden usar el bastón verde en todo el territorio del país como instrumento de orientación y movilidad.
  • Tienen derecho a la cobertura del bastón sin costo, a cargo de su obra social o agente del sistema.
  • La sociedad cuenta con una señal diferenciada que distingue la baja visión de la ceguera total.

Casos de uso

  • Una persona con retinosis pigmentaria que conserva visión central acredita su discapacidad y solicita el bastón verde a su obra social: la cobertura es obligatoria.
  • Un conductor ve a un peatón con bastón verde cruzando la calle: debe entender que esa persona tiene visión reducida y puede no advertir el vehículo.
  • Un adulto mayor con baja visión certificada usa bastón verde en el transporte público para señalizar su condición al personal y a los demás pasajeros.

Preguntas frecuentes

El blanco identifica a las personas ciegas y el verde a las personas con baja visión, es decir con un resto visual útil. Físicamente son iguales: mismo peso, longitud, empuñadura elástica, rebatibilidad y anilla fluorescente.