Volver al listado

Ley 25.722

VigenteNacional

Prórroga hasta el 31 de diciembre de 2004 del impuesto sobre los débitos y créditos bancarios (artículos 1 a 6 de la Ley 25.413)

Sanción:27 de diciembre de 2002Promulgación:7 de enero de 2003BO:8 de enero de 2003Ver fuente oficial
3artículos
impuesto al chequeprórroga de vigenciarecaudaciónsistema financiero
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley de tres artículos sancionada el 27 de diciembre de 2002 y promulgada el 7 de enero de 2003. El impuesto sobre los débitos y créditos bancarios había sido creado en 2001 con vigencia acotada; esta ley extiende por dos años el núcleo del tributo (Art. 1 — Impuesto al Cheque y sus modificaciones), que incluye el hecho imponible, la alícuota, las exenciones y la afectación de la recaudación. La prórroga rige desde el 1 de enero de 2003, sin solución de continuidad con el vencimiento anterior.

Objetivo

Mantener vigente el impuesto sobre los créditos y débitos bancarios, una de las principales fuentes de recaudación del Estado nacional tras la crisis.

Problema que resuelve

El impuesto tenía plazo de vencimiento y su caída habría abierto un agujero fiscal significativo en un año de recuperación incipiente y necesidades de financiamiento.

A quiénes alcanza

titulares de cuentas bancariasempresasentidades financierasAFIPTesoro nacional
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Los sujetos alcanzados por los Art. 1 — Impuesto al Cheque deben seguir tributando el impuesto sobre los créditos y débitos bancarios hasta el 31 de diciembre de 2004.
  • Las entidades financieras deben continuar liquidando y percibiendo el impuesto durante el período prorrogado.

Casos de uso

  • Determinar si el impuesto al cheque estaba vigente en un período de 2003 o 2004
  • Reconstruir la cadena de prórrogas del impuesto sobre débitos y créditos bancarios
  • Fundamentar la procedencia del tributo en una liquidación de esos años

Preguntas frecuentes

La vigencia de los Art. 1 — Impuesto al Cheque y sus modificaciones, es decir el núcleo del impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias, hasta el 31 de diciembre de 2004.