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Ley 25.725

Parcialmente vigenteNacional

Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2003

Sanción:27 de diciembre de 2002Promulgación:9 de enero de 2003BO:10 de enero de 2003Ver fuente oficial
100artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Es el primer presupuesto posterior al colapso de 2001-2002, sancionado el 27 de diciembre de 2002 y promulgado parcialmente por el Decreto 55/2003. Fija el gasto en $66.173 millones con un déficit estimado de $3.904 millones, autoriza al Ministerio de Economía a reestructurar la deuda pública en default, emite títulos por $3.400 millones para devolver la quita del 13% a estatales y jubilados, ordena un recorte de $1.000 millones en el gasto primario, blinda el financiamiento de un programa nacional de nutrición y alimentación y consolida las deudas del PAMI. El Poder Ejecutivo observó quince artículos completos y siete pasajes, entre ellos la eliminación del tope de 20 MOPRE en la base imponible previsional.

Objetivo

Ordenar las cuentas públicas del primer ejercicio completo posterior a la salida de la convertibilidad y habilitar los instrumentos para reestructurar la deuda, sostener el gasto social de emergencia y contener el gasto primario.

Problema que resuelve

El país entraba en 2003 en default, con la economía saliendo de la peor recesión de su historia y una emergencia social sin precedentes. Hacía falta un presupuesto que fijara límites de gasto, autorizara el uso del crédito y diera respaldo legal a los programas alimentarios y a la reestructuración de la deuda.

A quiénes alcanza

organismos de la Administración NacionalJefatura de Gabinete de Ministrosbeneficiarios de sentencias previsionalesbeneficiarios de pensiones graciablesuniversidades nacionalesprovinciasacreedores del Estado nacionalempleados públicos y jubilados alcanzados por la quita del 13%
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Las jurisdicciones y entidades no pueden exceder los créditos aprobados ni los cargos y horas de cátedra de las planillas anexas
  • No se pueden cubrir vacantes financiadas sin decisión fundada del Jefe de Gabinete
  • Las sentencias judiciales se pagan respetando el orden de prelación del artículo 36, priorizando a los beneficiarios de mayor edad
  • Los organismos deben programar la ejecución física y financiera de su presupuesto conforme al nuevo Art. 34 — Administración Financiera
  • Las obras pagadas por fideicomisos deben registrarse igualmente en el presupuesto
  • Los fondos del programa nacional de nutrición y alimentación no pueden reasignarse a otro destino

Derechos que reconoce

  • Los empleados públicos y jubilados alcanzados por la quita del 13% tienen respaldo presupuestario para el cobro del retroactivo, mediante títulos por hasta $3.400 millones
  • Los beneficiarios de sentencias previsionales tienen un orden de pago objetivo y publicado
  • Las provincias de Entre Ríos, Corrientes y Misiones reciben el remanente de los excedentes de Salto Grande
  • Las universidades nacionales tienen asegurado un crédito total de $1.991.819.570

Casos de uso

  • Un jubilado con firme de reajuste consulta en qué lugar de la fila está para cobrar
  • Un organismo necesita cubrir una vacante y debe pedir la decisión fundada del Jefe de Gabinete
  • Una universidad nacional verifica su asignación en la planilla anexa del artículo 22
  • Un acreedor del PAMI anterior al 30 de junio de 2002 verifica que su crédito quedó consolidado y se paga con bonos
  • Un contribuyente con obligaciones fiscales diferidas por promoción industrial evalúa el régimen de cancelación anticipada del artículo 67

Preguntas frecuentes

El presupuesto fijó gastos por $66.173.001.409 y recursos por $62.268.145.337, con un resultado financiero negativo de $3.904.856.072.