Resumen ejecutivo
Sancionada en marzo de 2003 en plena reconstrucción fiscal posterior a la crisis, la Ley de Suspensión de la Exención a los Reintegros a la Exportación dejó en suspenso una exención clásica del impuesto a las ganancias: la que eximía del tributo a las sumas que los exportadores perciben en concepto de reintegros y reembolsos. Con la suspensión, esos cobros pasaron a integrar la ganancia gravada del exportador. La medida se dictó por un año, pero terminó prorrogándose sucesivamente por las Leyes 25.868, 25.988, 26.073, 26.180, 26.347 y 26.455, de modo que la exención estuvo suspendida durante toda la década. La ley fue promulgada de hecho: el Poder Ejecutivo dejó vencer el plazo del artículo 80 de la Constitución sin promulgarla ni vetarla.Objetivo
Ampliar la base del impuesto a las ganancias incorporando a la materia gravada los reintegros y reembolsos que perciben los exportadores, que hasta entonces estaban exentos.Problema que resuelve
Después de la crisis de 2001-2002 el Estado necesitaba recursos tributarios y, con la devaluación, los exportadores habían mejorado fuertemente su rentabilidad. La exención de los reintegros a la exportación quedaba difícil de justificar en ese contexto fiscal.A quiénes alcanza
Obligaciones
Casos de uso
Preguntas frecuentes