Artículo 2Aceptación de la cesión de las tierras del Anexo I
Texto oficial
Acéptase la cesión de la y efectuada por la provincia de La Pampa a favor del Estado nacional, a los fines de la ampliación del Parque Nacional Lihuel Calel, de las parcelas cuya descripción catastral figuran en el anexo I del convenio citado, y en el artículo 3° de la ley de la provincia de La Pampa N° 1899, con una superficie aproximada de 12.586 hectáreas, y que se identifican como parcelas 1 y 4 del lote 9, fracción A, sección X; parcela 4 del lote 10, fracción A, sección 10 y parcelas 5, 6, 8 y 9 del lote 20, fracción A, sección X.
Qué significa en la práctica
La Nación acepta formalmente la cesión de y que hizo La Pampa por su Ley provincial 1.899 sobre las parcelas del Anexo I: unas 12.586 hectáreas en la sección X, lotes 9, 10 y 20 de la fracción A. Sin esta aceptación expresa del Congreso, la cesión provincial no produce efectos para el Estado nacional.