Artículo 2Nuevo artículo 2 de la Ley 25.499: cargos creados
Texto oficial
Sustitúyese el Art. 2 — Fiscalía y Defensoría federales de Azul (sede Tandil) por el siguiente:
Artículo 2º: Créanse los cargos de Fiscal, Defensor Público Oficial y de los funcionarios y empleados a que se refiere el Anexo I, el que forma parte de la presente ley.
Qué significa en la práctica
Ajusta la creación de los cargos en consecuencia: Fiscal, Defensor Público Oficial y los funcionarios y empleados que enumera el Anexo I, que forma parte de la ley.