Ley 25.761

Artículo 15Plazo de reglamentación

Texto oficial

El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro del plazo de NOVENTA (90) días a partir de su promulgación.

Qué significa en la práctica

Da al Poder Ejecutivo noventa días desde la promulgación para reglamentar la ley. La reglamentación y la designación de la llegaron con el Decreto 744/2004.

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