Resumen ejecutivo
Durante 2001, en el marco de la delegación de facultades legislativas de la Ley de delegación de facultades (2001), el Poder Ejecutivo aprobó por decreto una serie de Convenios para Mejorar la Competitividad y la Generación de Empleo con distintos sectores productivos. Esos convenios otorgaban beneficios tributarios sectoriales, entre ellos la exención de determinados gravámenes y el cómputo de las contribuciones patronales sobre la nómina salarial como crédito fiscal en el Impuesto al Valor Agregado. La Derogación de los Convenios de Competitividad desmonta ese esquema: el artículo 1 deroga los ocho decretos que aprobaron los convenios sectoriales y el artículo 2 deroga otros decretos vinculados, entre ellos el 730/01 y artículos determinados de los decretos 987/01 y 1522/01, referidos a la actividad agropecuaria y a la radiodifusión. El artículo 3 establece una única excepción, acotada en el tiempo hasta el 31 de diciembre de 2003, a favor de las empresas de transporte automotor de pasajeros respecto del cómputo de las contribuciones patronales como crédito fiscal en el Impuesto al Valor Agregado previsto en el inciso c) del artículo 1 del Decreto 730/01. La ley entra en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.Objetivo
Dejar sin efecto el régimen de beneficios tributarios sectoriales instrumentado por los Convenios de Competitividad de 2001, con una excepción transitoria para el transporte automotor de pasajeros.Problema que resuelve
Los Convenios para Mejorar la Competitividad, aprobados por decreto durante 2001, habían generado un mosaico de beneficios tributarios sectoriales de costo fiscal significativo y difícil administración, dictados además al de una delegación legislativa excepcional. La ley los deroga por vía legislativa y unifica el tratamiento.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes