Resumen ejecutivo
La Ley que aprueba la exención de traducción de documentos migratorios (MERCOSUR) aprueba el Acuerdo sobre Exención de Traducción de Documentos Administrativos para Efectos de Inmigración suscripto en Florianópolis (Brasil) el 15 de diciembre de 2000 entre los cuatro Estados Partes del MERCOSUR. Es el acuerdo hermano del que aprueba la Ley que aprueba la exención de traducción de documentos migratorios (MERCOSUR, Bolivia y Chile), firmado el mismo día y con idéntico contenido, pero circunscripto al bloque original, sin Bolivia ni Chile. Sus cinco artículos definen el ámbito de aplicación (solicitud de visa, renovación de plazo de estadía y concesión de permanencia), enumeran los cuatro documentos exentos de traducción, aclaran que la exención no libera del resto de la normativa migratoria, permiten exigir excepcionalmente la traducción ante dudas fundadas y regulan la entrada en vigor, el depósito ante Paraguay y la denuncia con seis meses de . La ley argentina tiene dos artículos. Fue sancionada el 9 de junio de 2004 y promulgada de hecho el 13 de julio de 2004 (fecha corregida por fe de erratas publicada por el Boletín Oficial, que originalmente había consignado el 7 de julio).Objetivo
Facilitar los trámites migratorios entre los cuatro países del MERCOSUR eliminando el costo y la demora de traducir documentos personales entre el español y el portugués.Problema que resuelve
La exigencia de traducción pública de documentos personales encarecía y demoraba los trámites migratorios dentro del bloque, pese a la afinidad lingüística y a que se trata de documentos estandarizados.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes