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Ley de Gestión de Residuos Domiciliarios
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Art. 24
Ley 25.916
Artículo 24
Autoridad de aplicación
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Texto oficial
Será
autoridad de aplicación
, en el ámbito de su
jurisdicción
, el organismo de mayor jerarquía con
competencia
ambiental que determine el Poder Ejecutivo nacional.
Qué significa en la práctica
Es
autoridad de aplicación
el organismo de mayor jerarquía ambiental que determine el Poder Ejecutivo nacional.
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