Ley 25.937

Artículo 1Condonación total de la deuda del ente Fiesta Nacional del Algodón

Texto oficial

Condónase la deuda que Fiesta Nacional del Algodón (Ente Autárquico Ley 3708 de la Provincia del Chaco) mantiene con el Estado nacional por la transferencia del inmueble ubicado en la localidad de Colonia Presidencia Roque Sáenz Peña, Departamento Comandante Fernández, Provincia del Chaco, con una superficie de terreno de diecinueve mil setecientos metros cuadrados (19.700 m2), cuya nomenclatura catastral es: Circunscripción I, Sección F, Chacra 43, Fracciones XV y XXI.

Qué significa en la práctica

El Congreso borra la deuda que el ente autárquico Fiesta Nacional del Algodón —el organismo chaqueño creado por la Ley provincial 3708— tenía con el Estado nacional por haber recibido un predio de 19.700 metros cuadrados en Presidencia Roque Sáenz Peña. Condonar significa que el acreedor renuncia al cobro: el Estado nacional ya no puede reclamar ese dinero. Como se trata de renunciar a un crédito del Estado, la decisión solo podía tomarla el Congreso, no el Poder Ejecutivo.

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