Ley 25.949

Artículo 1Aprobación del Acuerdo Marco de cooperación espacial con Argelia

Texto oficial

Apruébase el ACUERDO MARCO DE COOPERACION ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGELINA DEMOCRATICA Y POPULAR EN EL CAMPO DE LAS ACTIVIDADES ESPACIALES, suscripto en Argel —REPUBLICA ARGELINA DEMOCRATICA Y POPULAR— el 13 de julio de 2002, que consta de NUEVE (9) ARTICULOS, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.

Qué significa en la práctica

El Congreso aprueba el acuerdo firmado en Argel el 13 de julio de 2002 entre la Argentina y Argelia sobre cooperación en actividades espaciales, que consta de nueve artículos. El acuerdo compromete a ambos países a cooperar en el uso pacífico del espacio ultraterrestre según los principios del Tratado del Espacio de 1967 y del COPUOS de las Naciones Unidas. Las áreas previstas incluyen el diseño, desarrollo y fabricación de satélites, la creación de una base tecnológica satelital en Argelia, misiones satelitales conjuntas, estaciones terrestres de recepción, telemetría y control, proyectos de investigación en sensores de alta resolución y observación por radar aplicados a recursos hídricos, medio ambiente, agricultura, minería, petróleo y telecomunicaciones, intercambio de científicos, transferencia de tecnología, becas y formación de ingenieros argelinos. Los organismos ejecutores son la CONAE por la Argentina y el Centro Nacional de Técnicas Espaciales por Argelia.

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