Resumen ejecutivo
El Fondo Nacional de la Energía Eléctrica (FNEE) se financia con un recargo sobre las tarifas y es la fuente con la que se sostienen obras eléctricas en el interior del país, en particular a través del Fondo Subsidiario para Compensaciones Regionales de Tarifas y del Fondo Especial de Desarrollo Eléctrico del Interior. La Marco Regulatorio Eléctrico fijaba ese recargo en un valor expresado en pesos por megavatio hora, que la salida de la convertibilidad y la posterior evolución de los precios mayoristas fueron licuando. Esta ley de tres artículos introduce un mecanismo de actualización automática: el valor del recargo se multiplica por un Coeficiente de Adecuación Trimestral (CAT), que se calcula dividiendo la facturación neta de los generadores por contratos a término y mercado spot del trimestre anterior por la energía involucrada en esa facturación —es decir, el precio medio por MWh— y comparándolo con el mismo cociente del trimestre mayo/julio de 2003, que queda fijado como base. El artículo 2 difiere la aplicación al primer trimestre posterior a la entrada en vigencia de la ley.Objetivo
Actualizar automáticamente el recargo que financia el Fondo Nacional de la Energía Eléctrica, atándolo a la evolución del precio mayorista de la energía.Problema que resuelve
El recargo del FNEE estaba fijado en una suma nominal que la inflación posterior a 2002 iba erosionando, y sin actualización el Fondo perdía de financiar las obras eléctricas del interior y las compensaciones tarifarias regionales.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes