Ley 25.962

Artículo 5Plazo de reglamentación

Texto oficial

El Poder Ejecutivo nacional reglamentará la presente ley dentro de los sesenta días de su promulgación.

Qué significa en la práctica

Le da al Poder Ejecutivo sesenta días desde la promulgación para dictar la reglamentación. El plazo importa porque de la reglamentación depende el trámite concreto con el que un medallista acredita su condición y solicita el beneficio.

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