Ley 26.052
Una persona que, por unica vez y sin cobrar nada, comparte una dosis minima con un conocido y de las circunstancias surge sin dudas que era para el consumo personal de ese conocido: en lugar de la pena mas grave del articulo 5, el hecho queda encuadrado en la escala atenuada de seis meses a tres anos de prision que agrega este articulo.