Resumen ejecutivo
Ley modificatoria de un único artículo del entonces vigente Código Civil de Vélez Sarsfield. Da nueva redacción al art. 3.705 estableciendo que los testigos de un deben ser mayores de edad, elevando y unificando la exigencia de para actuar como testigo testamentario. En 2015 el Código Civil y Comercial (Código Civil y Comercial) reemplazó al Código de Vélez y hoy regula la materia de los testamentos.Objetivo
Actualizar el requisito de edad de los testigos de un en el Código Civil, exigiendo que sean mayores de edad.Problema que resuelve
La redacción anterior del art. 3.705 admitía como testigos a menores por encima de cierta edad, lo que generaba dudas sobre la validez del . La reforma unifica el requisito en la mayoría de edad y aporta certeza.A quiénes alcanza
Obligaciones
Casos de uso
Preguntas frecuentes