Ley 26.061

Artículo 1Objeto

Texto oficial

Esta ley tiene por objeto la protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes que se encuentren en el territorio de la República Argentina, para garantizar el ejercicio y disfrute pleno, efectivo y permanente de aquellos reconocidos en el ordenamiento jurídico nacional y en los tratados internacionales en los que la Nación sea parte. Los derechos aquí reconocidos están asegurados por su máxima exigibilidad y sustentados en el principio del interés superior del niño. La omisión en la observancia de los deberes que por la presente corresponden a los órganos gubernamentales del Estado habilita a todo ciudadano a interponer las acciones administrativas y judiciales a fin de restaurar el ejercicio y goce de tales derechos.

Qué significa en la práctica

Esta ley protege de forma integral todos los derechos de niñas, niños y adolescentes en Argentina. Sus derechos son exigibles al máximo y se basan en el interés superior del niño. Si el Estado incumple, cualquier ciudadano puede actuar judicialmente para restablecer esos derechos.

Ejemplo práctico

Una escuela que no admite a un niño sin DNI viola esta ley: el Estado debe garantizar su acceso a la educación.

Efectos prácticos

  • Los derechos de NNyA tienen máxima exigibilidad: pueden ser reclamados en sede judicial y administrativa.
  • El Estado es el principal responsable de garantizarlos.
  • Cualquier ciudadano puede demandar al Estado si omite sus obligaciones.
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