Esta ley tiene por objeto la protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes que se encuentren en el territorio de la República Argentina, para garantizar el ejercicio y disfrute pleno, efectivo y permanente de aquellos reconocidos en el ordenamiento jurídico nacional y en los tratados internacionales en los que la Nación sea parte. Los derechos aquí reconocidos están asegurados por su máxima exigibilidad y sustentados en el principio del interés superior del niño. La omisión en la observancia de los deberes que por la presente corresponden a los órganos gubernamentales del Estado habilita a todo ciudadano a interponer las acciones administrativas y judiciales a fin de restaurar el ejercicio y goce de tales derechos.
Qué significa en la práctica
Esta ley protege de forma integral todos los derechos de niñas, niños y adolescentes en Argentina. Sus derechos son exigibles al máximo y se basan en el interés superior del niño. Si el Estado incumple, cualquier ciudadano puede actuar judicialmente para restablecer esos derechos.
Ejemplo práctico
Una escuela que no admite a un niño sin DNI viola esta ley: el Estado debe garantizar su acceso a la educación.
Efectos prácticos
•Los derechos de NNyA tienen máxima exigibilidad: pueden ser reclamados en sede judicial y administrativa.
•El Estado es el principal responsable de garantizarlos.
•Cualquier ciudadano puede demandar al Estado si omite sus obligaciones.