Artículo 29Principio de responsabilidad gubernamental
Texto oficial
Los Poderes Ejecutivos nacional y provinciales, y el de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, son los responsables indelegables de asegurar el cumplimiento y la exigibilidad de cada uno de los derechos reconocidos en esta ley, para lo cual deberán garantizar los medios económicos para su efectivo cumplimiento.
Qué significa en la práctica
El Poder Ejecutivo no puede delegar en nadie su responsabilidad de garantizar los derechos de los niños. Debe asignar el presupuesto necesario: no puede alegar que "no hay fondos" para dejar de garantizar derechos.
Ejemplo práctico
Un gobierno provincial que cierra hogares de abrigo por razones presupuestarias sin ofrecer alternativas viola este principio.
Efectos prácticos
•La responsabilidad presupuestaria de la infancia es del Ejecutivo y no puede transferirse.
•Los recortes presupuestarios en programas de infancia pueden impugnarse judicialmente.